Guidepost Solutions Alerta de Inmigración Se amplía el plazo de reinscripción de los beneficiarios del TPS - ¡Que los empleadores tomen nota!

John Shofi 14 de diciembre de 2023

El 8 de septiembre de 2023, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) anunció que extendería el período de reinscripción para los beneficiarios del Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) bajo las designaciones de El Salvador, Haití, Honduras, Nepal, Nicaragua y Sudán.  Hoy, el Secretario del DHS publicó un aviso en el Registro Federal (FRN, por sus siglas en inglés) para anunciar oficialmente la extensión de los 60 días normales al período completo de designación de 18 meses de cada país.

El DHS cita muchos factores para la extensión de la reinscripción, incluido el litigio pendiente de TPS, la confusión de los beneficiarios y los desafíos operativos para el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS).  Desde 2016, los beneficiarios que son ciudadanos de los países mencionados anteriormente no han tenido que volver a registrarse y su estatus de TPS se extendió a través de una serie de FRN.  Junto con las designaciones de TPS, se otorgaron extensiones de autorización de trabajo a aquellos que previamente solicitaron y recibieron documentos de autorización de empleo (EAD).

Todos los beneficiarios existentes afectados de los seis países deben volver a registrarse para el TPS dentro de los siguientes períodos:

  • El Salvador del 12 de julio de 2023 al 9 de marzo de 2025
  • Haití del 26 de enero de 2023 al 3 de agosto de 2024
  • Honduras del 6 de noviembre de 2023 al 5 de julio de 2025
  • Nepal del 24 de octubre de 2023 al 24 de junio de 2025
  • Nicaragua del 6 de noviembre de 2023 al 5 de julio de 2025
  • Sudán del 21 de agosto de 2023 al 19 de abril de 2025

Los beneficiarios deben presentar un Formulario I-821 y un Formulario I-765 de reinscripción para obtener un EAD.  El I-765 es opcional para aquellos que desean recibir una autorización de trabajo en los Estados Unidos.  Es probable que los beneficiarios a los que se les han emitido EAD en el pasado estén autorizados a trabajar en los EE. UU. según las extensiones automáticas emitidas por el DHS desde 2016.

Para todos los empleadores de EE. UU., es imperativo comprender el TPS y las complejidades de registrar las extensiones de autorización de trabajo.  La casilla "Información adicional" en la Sección 2 del Formulario I-9 es el lugar correcto para que los empleadores registren todas las extensiones de beneficiarios de TPS basadas en los diversos FRN emitidos desde 2016.  En el cuadro Información adicional, se debe utilizar el siguiente formato para todas las extensiones de empleado existentes: EAD-EXT MM/DD/AAAA.  La mayoría de las extensiones de TPS están documentadas en FRN; sin embargo, para los ciudadanos de ciertos países, el DHS emite avisos individuales a los beneficiarios.  Esos avisos son aceptables para los empleadores y deben ser presentados por los beneficiarios para extender la autorización de trabajo más allá de la fecha de vencimiento existente.  Los empleadores deben asegurarse de que se registre de manera oportuna y continua la autorización de trabajo del beneficiario para cada empleado que presente un EAD en el momento de la contratación y las reverificaciones posteriores.

A los beneficiarios de TPS a los que se les ha otorgado permiso para trabajar en los EE. UU. se les emiten EAD con los códigos de categoría "C19" (personas que han solicitado TPS por primera vez) o "A12" (beneficiarios a los que se les otorgó TPS).  Con la emisión del FRN de hoy, los empleadores pronto comenzarán a ver a los beneficiarios presentar sus EAD recién emitidos como evidencia de autorización de trabajo continua y extendida.  En esos casos, los empleadores deben completar el Suplemento B del Formulario I-9 para documentar las reverificaciones.  Los empleadores no pueden usar versiones anteriores del Formulario I-9 que fue etiquetado como Sección 3.  De acuerdo con la guía del Formulario I-9 recientemente emitida por el DHS, todas las extensiones y reverificaciones deben registrarse en la última versión del I-9.

Los empleadores también deben entender que los empleados recién contratados que han solicitado o se les ha otorgado el TPS pueden presentar EAD vencidos con extensiones de autorización de trabajo a través de FRN o avisos individuales.  Lo más importante es que los empleadores no deben rechazar automáticamente los EAD vencidos durante los procesos de la Sección 2 del Formulario I-9.  Una práctica prudente y recomendada es que los representantes de la empresa siempre pregunten si el nuevo empleado ha recibido una notificación de extensión de USCIS y, en el caso de los EAD de TPS (códigos de categoría A12 y C19), siempre consulte la página web sobre extensiones de FRN (página web de TPS de USCIS).  Se deben seguir las siguientes instrucciones del último Manual del Formulario M-274 para Empleadores al completar el Formulario I-9 en estos casos:

En la Sección 1, los nuevos empleados que presenten un EAD extendido automáticamente por un aviso del Registro Federal o un aviso individual deben:

  • Seleccione "Un no ciudadano autorizado para trabajar hasta;" y
  • Ingrese la fecha de extensión automática del EAD proporcionada en el FRN o en el aviso individual como fecha de vencimiento.

En la Sección 2, en la columna de la Lista A, el empleador debe:

  • Introduzca EAD en el campo Título del documento.
  • Ingrese el número de documento del EAD con la categoría A12 o C19, según corresponda.
  • Introduzca la fecha de prórroga automática proporcionada en el FRN o en el aviso individual como fecha de vencimiento del documento.

El TPS y otras categorías de autorización de trabajo del DHS son muy complicadas y, en la mayoría de los casos, confusas para los beneficiarios y los empleadores.  La pandemia de COVID-19 y sus impactos en los recursos de USCIS desataron un torrente de avisos de políticas y extensiones en los últimos años.  El equipo de expertos en cumplimiento de I-9 de Guidepost puede ayudar a su empresa a navegar por las normas y reglamentos en constante cambio que afectan a su programa de cumplimiento de I-9.   Nuestro equipo se mantiene al tanto de los últimos matices de los procesos y procedimientos de preparación y remediación a través de compromisos activos y continuos con pequeñas, medianas y grandes empresas en todo el país.  Estamos aquí para ayudarlo con cualquier inquietud, pregunta o necesidad identificada sobre el cumplimiento de la ley de inmigración.

John Shofi con traje y corbata sonríe a la cámara

Juan Shofi

Director General

John Shofi tiene más de 20 años de experiencia en el gobierno en puestos clave de liderazgo en el Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos (DHS), una profunda experiencia en el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) y un amplio conocimiento de las operaciones del DHS. Proporciona una visión invaluable en asuntos relacionados con cuestiones de investigación y cumplimiento.

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